REFORMA PREVISIONAL

MODIFICACIONES A LA LEY BASES MANTIENEN VIGENTE LA MORATORIAPREVISIONAL.

El día Miércoles 12 de Junio de 2024, en el recinto del senado, se llevó adelante el
debate y posterior votación de la denominada Ley Bases y el paquete fiscal. Durante la
misma se introdujeron varios cambios al proyecto que llego desde la cámara de
diputados. Entre los que podemos destacar es la eliminación de los artículos 226 y 227
que derogaban por completo la moratoria establecida por la ley 27.705 y establecía un
plan de retiro proporcional por el cual se accedía al beneficio en función de los aportes
realizados.
Esto significa que dicha ley se mantendrá en vigencia con los parámetros previstos
originalmente los cuales permiten acceder al beneficio Jubilatorio de la siguiente
manera:
Para aquellas personas que tengan la edad jubilatoria (60 años en el caso de las
mujeres y 65 en el caso de los hombres) se permite regularizar aportes previsionales
por aquellos periodos donde no se cuente con actividad registrada hasta el mes de
Diciembre de 2008 inclusive. La forma de abonar este plan de regularización podrá ser
de contado mediante un Volante Electrónico de Pago a través del sistema bancario o
cumpliendo con los requisitos para acceder al haber jubilatorio mediante este plan y
pasando la evaluación socioeconómica, en hasta 120 cuotas a ser descontadas del
haber previsional otorgado.
Para acogerse a este beneficio se mantendrá el plazo original establecido en la ley el
cual tendrá vigencia por dos años desde la publicación en el boletín oficial lo que
ocurrió el día 14 de marzo de 2023.
Para aquellas personas que aún se encuentren en edad activa y tengan, entre 50 y 59
años en el caso de las mujeres y entre 55 y 64 años en caso de los hombres, podrán
de igual manera regularizar aportes previsionales por periodos donde no se cuente
con actividad registrada hasta el mes de Marzo de 2012 inclusive. En este caso el
pago se realizará de contado mediante un Volante Electrónico de Pago Pago a través
del sistema bancario.
Cabe destacar que para el beneficio mencionado en el anterior párrafo no esta
previsto en el texto original de la ley una fecha de vencimiento de este, por lo que en
principio el Capítulo se mantendría vigente por tiempo indeterminado o hasta su
derogación posterior.
No es un dato menor que aun se encuentra en vigencia la moratoria de la Ley 24.476
la cual permite regularizar aportes previsionales hasta Septiembre de 1993 esta última
tampoco posee fecha de finalización establecida en el texto original.
Como conclusión informamos que, de ser confirmadas estas modificaciones al Texto
de Ley Bases, ambas moratorias seguirán vigentes hasta la finalización del plazo
previsto en la ley original en el caso que corresponda.

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ENTREVISTA SOBRE LAS ULTIMAS NOVEDADES PREVISIONALES EN LOS TURELLO, POR CANAL C, AL DR VIERA FERNANDO (16/11/2023)